Derogan norma que regulaba ingreso de recursos de regalías en moneda extranjera al Fonpet (10:58 a.m.)
10 de Agosto de 2015
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Nota:
103770
Con el Decreto 849 del 2013, el Ministerio de Hacienda estableció que los recursos correspondientes al Fonpet provenientes del Sistema General de Regalías deberían ser invertidos exclusivamente en los activos previstos en el numeral 2 del artículo 2.6.12.1.2 del Decreto 2555 del 2010, de conformidad con las condiciones establecidas en el Título XII del Libro VI de la parte II de dicho decreto y con las reglas establecidas. Ahora, teniendo en cuenta que el régimen de inversiones vigente del Fonpet prevé la posibilidad de inversión en activos de emisores del exterior hasta en un 60 % del valor del fondo, por lo cual hay un espacio suficiente para que los administradores inviertan en este tipo de activos si lo consideran necesario, el ministerio derogó el Decreto 849. De otro lado, el Ejecutivo explicó que el mercado de coberturas financieras se ha venido fortaleciendo crecientemente en los últimos años, lo cual permite una mejor cobertura y administración del riesgo cambiario por parte de las administradoras de recursos del fondo. Así mismo, espera que en el futuro el mercado de coberturas evolucione y se profundice sostenidamente favoreciendo el ofrecimiento de más alternativas que permitan mitigar estos riesgos.
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