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Derechos y obligaciones de los consorcios o uniones temporales deben registrarse en la contabilidad de cada uno de los partícipes (10:23 a.m.)

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26 de Abril de 2011

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Los bienes y derechos adquiridos por un consorcio o unión temporal, así como las obligaciones asumidas, son de quienes lo suscriben y procede registrarlos en la contabilidad de todos y cada uno de ellos, según el porcentaje de participación, señaló la Superintendencia de Sociedades. El procedimiento técnico para el registro de las operaciones realizadas puede consultarse en la Circular Externa 115-006 del 2009, que trata el tema de contratos de colaboración, indicó la entidad.

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