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Derechos deportivos de los clubes sobre los jugadores de fútbol no pueden vulnerar sus garantías laborales (2:13 p.m.)

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18 de Mayo de 2011

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La Corte Constitucional señaló que hay límites sobre los derechos deportivos que ejercen los clubes sobre los jugadores, entre otros, que su titularidad no es exclusiva de los clubes y que su ejercicio debe ser compatible con la protección a la libertad de trabajo de los jugadores. Además, aunque las asociaciones deportivas cuentan con amplios márgenes de autonomía para dictar regulaciones que comprendan los diferentes ámbitos de la actividad deportiva, estos estatutos no pueden contrariar los principios constitucionales, ni los derechos fundamentales de los jugadores. Por tal razón, el alto tribunal tuteló los derechos fundamentales al trabajo, a la libertad de profesión u oficio, a la dignidad humana y al debido proceso de un jugador de fútbol al que se le negó la entrega de sus derechos deportivos por estimar que este incumplió con el contrato suscrito con el Deportes Tolima. En el fallo, el alto tribunal llamó la atención sobre la obligación del control que debe ejercer Coldeportes sobre la Dimayor y la Federación Colombiana de Fútbol, respecto a los estatutos que rigen los contratos en los clubes deportivos (M. P. Juan Carlos Henao).

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