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18 de Mayo de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Derecho de inspección no puede ser asimilado a un proceso de ‘due diligence’

08 de Abril de 2021

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Nota:
120683
El derecho de inspección es una prerrogativa de los socios o accionistas para examinar los libros y papeles de la sociedad, con el objeto de conocer la situación de la compañía. Por tanto, precisó la Superintendencia de Sociedades, este derecho no puede ser asimilado a un proceso de due diligence (debida diligencia), que tiene características distintas, las cuales pueden abarcar un espectro mucho más amplio de revisión y análisis sobre una sociedad, con finalidades también distintas, como lo son, entre otras, la adquisición y fusión de empresas. En todo caso, el legislador ha definido los límites frente el alcance, oportunidad y sujetos a quienes les asiste el derecho de inspección, de manera que le corresponde a la administración de la sociedad estudiar la información que será presentada a la asamblea de accionistas con el fin de determinar cuál será la extensión del derecho de inspección, determinando la razonabilidad de la información y la documentación puesta a disposición, teniendo en cuenta que podrían existir operaciones o registros que para su entendimiento, análisis y comprensión requieren de la exhibición de documentos que eventualmente pueden abarcar un periodo de tiempo mayor.

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