Demandas ante la SIC en materia de competencia desleal no pueden acumularse con acciones por infracción a los derechos de propiedad industrial (8:00 a.m.)
17 de Marzo de 2011
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Nota:
72186
Las demandas que se presenten ante la Superintendencia de Industria y Comercio en materia de competencia desleal no pueden acumularse con las acciones por infracción a los derechos de propiedad industrial, pues la Ley 446 de 1998 no le otorgó facultades jurisdiccionales a prevención para resolver controversias sobre este último tema. Así lo precisó la entidad, en concepto de febrero.
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