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Definición de producto defectuoso que contempla el Estatuto del Consumidor puede ser aplicada a servicio defectuoso (8:00 a.m.)

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05 de Septiembre de 2016

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La Ley 1480 del 2011 (Estatuto del Consumidor) no contempla una definición de servicio defectuoso. Sin embargo, en concepto de la Superintendencia de Industria y Comercio, la prestación de un servicio es defectuosa cuando se crea un daño por la utilización de un producto con esta característica. Por lo tanto, la definición de producto defectuoso que contempla esta disposición puede ser aplicada a servicio defectuoso, es decir, cuando el producto utilizado en la prestación del referido servicio no ofrece la razonable seguridad a la que toda persona tiene derecho, pues debe tenerse en cuenta que la existencia de un producto defectuoso y la declaración de responsabilidad del productor o proveedor está basada en el concepto de seguridad, referido a la existencia de un error en el diseño, fabricación, construcción, embalaje o información.  

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