Definen requisitos de seguridad para operaciones de banca móvil (9:38 a.m.)
08 de Octubre de 2012
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Nota:
84076
La Superintendencia Financiera incluyó las operaciones de banca móvil, que se realizan a través de teléfonos o cualquier dispositivo móvil, en el Capítulo XII del Título Primero de la Circular Básica Jurídica, relacionado con los requerimientos mínimos de seguridad y calidad de las transacciones bancarias. Según la norma, las entidades deberán, entre otras medidas, implementar mecanismos de cifrado fuerte de extremo a extremo para el envío y recepción de información confidencial, contar con medidas que garanticen la atomicidad de las operaciones y que eviten su duplicidad debido a fallas en la comunicación ocasionadas por la calidad de la señal o el traslado entre celdas. De igual manera, se establece un régimen de transición, que empezará el 1º de abril del 2013 y terminará el 1º de octubre del 2014.
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