Defensor del consumidor financiero puede contribuir al adecuado funcionamiento del SAC (4:33 p.m.)
14 de Junio de 2016
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Nota:
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En desarrollo de las obligaciones y responsabilidades de las entidades financieras en cuanto al adecuado funcionamiento del sistema de atención al consumidor financiero (SAC), el defensor del consumidor financiero (DCF), en el ejercicio de sus funciones diarias, puede constituirse en un identificador de eventos que afecten o atenten contra la protección al consumidor financiero y, además, cuando hace seguimiento a las recomendaciones formuladas, puede dar cuenta del funcionamiento del sistema en la práctica, indicó la Superintendencia Financiera. Así las cosas, cada entidad obligada a contar con SAC y con DCF debe aprovechar el valioso aporte de este último en su beneficio y, por supuesto, en el de sus clientes, en la medida que se trata de un conocedor calificado de la temática en la organización. Las compañías de seguros, por ejemplo, deben propiciar el aporte de la defensoría al SAC, el cual sin duda será valioso, dadas, precisamente, sus funciones y obligaciones, especialmente proponer recomendaciones para mejorar las relaciones comerciales.
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