Decretos reglamentarios únicosHacen ajustes a distribución de recursos en participación para agua potable y saneamiento básico (4:02 p.m.)
11 de Febrero de 2016
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Nota:
105452
Para la distribución de los recursos del criterio de población atendida y balance del esquema solidario, a partir del 2016, se tomará en cuenta la estructura de los usuarios por estrato y la información de subsidios y contribuciones de cada municipio y distrito, incluyendo a las áreas no municipalizadas de los departamentos de Amazonas, Guainía y Vaupés. Para esta asignación, la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios remitirá, de acuerdo con la metodología establecida, la información debidamente certificada al Departamento Nacional de Planeación antes de mañana 12 de febrero (plazo establecido en el artículo 81 de la Ley 715 del 2001). Desde ahora, cuando se realicen modificaciones metodológicas a la fórmula relacionadas con cambios de fuente de información, actualización de la vigencia de las fuentes de información o de la vigencia de las variables, definidas para los criterios 1, 2, 3 y 4 del artículo 7º de la Ley 1176 del 2007, frente a las usadas en el año anterior, la asignación por el criterio ajustado de los municipios y/o departamentos sólo podrá disminuir en máximo un 10 % nominal frente a la asignación para dicho criterio en la vigencia inmediatamente anterior. Así, se modifica el Decreto 1082 del 2015, único reglamentario del sector Administrativo de Planeación.
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