Corte advierte excesos en uso de la tutela contra sentencias judiciales (11:40 a.m.)
31 de Diciembre de 2012
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Nota:
85869
La Corte Constitucional insistió en advertir que la tutela no puede convertirse en el camino para corregir omisiones por parte de los interesados en procesos judiciales, cuando la negligencia se convirtió para estos en decisiones desfavorables. En tales términos se pronunció la alta corporación frente a la solicitud del Banco Cafetero, hoy Davivienda, que pretendía que se decretara nulo lo actuado frente a un incidente de liquidación de perjuicios iniciado en su contra por los cesionarios de un grupo empresarial que salió airoso de una demanda ejecutiva mixta promovida por la entidad en su contra. Se trata de Grupo Mayor SAS y de Mauricio Cheyne Bonillla, cesionarios del Grupo Eléctrico Colombiano Ltda., a favor de quienes se ordenó un pago proporcional de los perjuicios ocasionados con la fallida demanda. La Corte Constitucional encontró que, a pesar de haber perdido el pleito, la entidad bancaria nunca atacó el posterior proceso de regulación de perjuicios iniciado por los dos cesionarios, por cuanto, a juicio de la alta corporación, no agotó todos los mecanismos jurídicos con los que contaba. (M.P. Nilson Pinilla Pinilla).
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