Cooperativas de ahorro y crédito fijan el monto y el periodo de los retiros (10:26 a.m.)
16 de Febrero de 2015
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Nota:
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Con base en las características de autonomía y autorregulación de las cooperativas, en particular de las de ahorro y crédito, los servicios y productos que ofrecen deben estar claramente previstos y reglamentados por parte de cada entidad y deben ser dados a conocer a los asociados. Por lo tanto, será cada ente el que regule internamente en sus productos la cuantía de los retiros de ahorro y los periodos determinados, si es el caso, así como el desembolso de dinero en caso de operaciones de crédito, indicó la Superintendencia de la Economía Solidaria. La entidad recordó que el título II de la Circular Básica Jurídica 007 del 2008 definió el procedimiento de autorización previa para ejercer la actividad financiera por parte de las cooperativas, de la cual hacen parte, entre otras operaciones, la captación de ahorros bajo la modalidad de depósitos de ahorro a término (CDAT), depósitos de ahorro a la vista (cuentas de ahorro), ahorro contractual o programado, ahorros permanentes y cualquier otra modalidad de captación de depósitos de los asociados.
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