Contratos para la prestación de servicios de salud entre entidades territoriales y EPS no son equivalentes a la factura (8:10 a.m.)
09 de Junio de 2015
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Nota:
101733
Como los contratos para la prestación de servicios de salud entre las entidades territoriales y las EPS no son, en estricto sentido, contratos de medicina prepagada y afiliaciones a planes de salud entre EPS y usuarios, no se puede concluir que este documento sea equivalente a la factura, en los términos del Decreto 1001 de 1997. Por lo tanto, al tratarse de contratos distintos, le corresponde a las partes exigir la expedición de la factura o documento equivalente como una de las condiciones del cumplimiento de las obligaciones originadas en su especial acuerdo o convención, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en reciente concepto. Para que un documento sea considerado equivalente a la factura para efectos fiscales es necesario que así esté expresamente señalado en una norma de carácter legal, recordó.
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