Contrato de mutuo entre una sucursal y su casa matriz no es viable (10:10 a.m.)
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08 de Agosto de 2013
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La celebración de contratos de mutuo entre una sucursal de sociedad extranjera y su casa matriz no es viable por varias razones, entre ellas, porque existen de manera taxativa operaciones de cambio que pueden canalizarse y porque la sucursal es solo una prolongación de la matriz y, por lo tanto, no puede adquirir préstamos de aquella, pues en una misma relación se tendría la doble condición de acreedor y deudor. Así lo indicó la Superintendencia de Sociedades, en oficio de julio.
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