Consulte los plazos fijados por Supersociedades para presentar estados financieros y otros informes con corte 2021
19 de Noviembre de 2021
La Superintendencia de Sociedades expidió una circular externa con la cual requiere a representantes legales, contadores, revisores fiscales de sociedades comerciales, sucursales de sociedades extranjeras y empresas unipersonales la presentación de estados financieros y otros informes del año 2021, en la forma, detalle y términos que se indican en la norma.
Solicitud de información financiera con corte a 31 de diciembre del 2021
Conozca los plazos establecidos para la presentación de los estados financieros de fin de ejercicio con corte a 31 de diciembre de 2021, junto con los documentos adicionales requeridos, a través del Sistema Integrado de Reportes Financieros – SIRFIN.
Los estados financieros deben ser entregados dentro de las fechas señaladas de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la entidad empresarial, sin incluir el número de verificación (DV), en los siguientes plazos:
Informe 01: Estados financieros de propósito general con corte -a 31 de diciembre de 2021
Informe 42 - Prácticas Empresariales
Las entidades empresariales en vigilancia o control deben enviar el Informe 42 de Prácticas Empresariales dentro de los plazos señalados, de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT de la sociedad, sin incluir el de verificación (DV) así:
Sujetos no obligados
Entidades empresariales en estado de inspección
Sucursales de sociedades extranjeras
Entidades empresariales en liquidación judicial simplificada
Entidades empresariales en liquidación obligatoria
Entidades empresariales en liquidación judicial
Entidades empresariales en liquidación, voluntaria
Entidades empresariales en reorganización
Entidades empresariales en reorganización abreviada
Entidades empresariales en reestructuración
Entidades empresariales en concordato
Entidades empresariales que no cumplen con la hipótesis de negocio en marcha a 31 de diciembre del 2021
Entidades empresariales grupo 3 - NIF para sociedades que aplican contabilidad simplificada
Informe 52 –Transparencia y Ética Empresarial
Están obligadas a diligenciar el informe denominado “Informe 52- Transparencia y Ética Empresarial” las entidades empresariales que cumplan con los criterios dispuestos en la Resolución 100-006261, del 2 de octubre del 2020, para ser considerados sujetos obligados a adoptar un Programa de transparencia y ética empresarial. Este informe, de carácter obligatorio, debe ser diligenciado con todo el compromiso, responsabilidad y transparencia por parte del sujeto obligado.
Presentación del informe 50 - prevención del riesgo LAIFT/FPADM
Las entidades empresariales obligadas a cumplir con lo dispuesto en el Capítulo X de la Circular Básica Jurídica de la superintendencia deben diligenciar el informe "50 - Prevención del Riesgo de LA/FT" atendiendo los plazos señalados de acuerdo con los dos últimos dígitos del NIT sin incluir el de verificación (DV), en los siguientes plazos:
Estados financieros consolidados y combinados. |
A más tardar, el 31 de mayo del 2022. |
Información financiera de fin de ejercicio para entidades empresariales en reestructuración o reorganización |
Las mismas fechas del informe 01 - estados financieros de fin de ejercicio. |
Información financiera de fin de ejercicio para entidades empresariales que adelantan un proceso de liquidación judicial o de liquidación por adjudicación. |
A más tardar el 31 de marzo del 2022. |
Información financiera de fin de ejercicio para entidades empresariales que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha o que se encuentran en liquidación voluntaria. |
A más tardar el 31 de mayo de 2022. |
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