Conozca el caso de un juzgado que tuteló transitoriamente derechos a un ‘rappitendero’
22 de Abril de 2021
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Un juzgado civil municipal de Bogotá, dentro de una acción de tutela, concedió un amparo transitorio, por cuatro meses, mientras el accionante acude al juez competente en sede ordinaria, respecto de su derecho fundamental al debido proceso y la eventual conculcación por amenaza a su mínimo vital. En el caso concreto, la empresa Rappi le bloqueó la cuenta de ingreso a la plataforma y la asignación de servicios a un ‘rappitendero’. El área de soporte dio respuesta afirmando que fue inhabilitado debido al incumplimiento reiterado de los términos y condiciones de la aplicación. Frente a la acción constitucional, y luego de revisar los términos y condiciones de uso de la plataforma virtual “Soy Rappi” del contrato de mandato en el cual la plataforma dice actuar como intermediaria entre el rappitendero y los consumidores, el despacho explicó que se establecen facultades unilaterales en cabeza del operador que comportan cláusulas de evidente posición de dominio contractual. Además, aseguró que al verse comprometida la voluntad de una de las partes de un contrato, especialmente en los de adhesión, se quebranta la asimetría contractual y, por lo mismo, se crea una situación de subordinación y/o indefensión. En el caso, el juzgado le ordenó a Rappi rehabilitar o activar al accionante el ingreso o acceso sin restricción a su cuenta como rappitendero (Juez: Luis Guillermo Narváez Solano).
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