Condiciones para que las Mipymes se asocien a una cooperativa financiera
Las Mipymes que aspiren a asociarse deberán ser acordes con el objeto social que tenga la cooperativa.18 de Mayo de 2023
El Ministerio de Hacienda, mediante el Decreto 626, modificó las condiciones para que micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) se puedan asociar a una cooperativa financiera. Estos son los requerimientos para dicho trámite:
i) Las Mipymes que soliciten asociarse a una cooperativa deberán acreditar su tamaño empresarial acogiendo los requisitos, criterios, rangos y definiciones establecidos en el Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 del 2015 y/o en las disposiciones que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.
ii) Las cooperativas deberán preservar en todo momento su propósito de servicio. Esta condición se cumple cuando las Mipymes son acordes con el objeto social de la cooperativa y con el vínculo de la asociación que se estableció en sus estatutos. Además, en ningún momento las Mipymes deben desvirtúa la vocación de servicio social o comunitario de la cooperativa.
iii) Las cooperativas deberán preservar su carácter no lucrativo atendiendo lo previsto en el artículo 4 de la Ley 79 de 1988.
iv) Las cooperativas deberán prever los efectos de la asociación de Mipymes en sus sistemas de gestión y administración de riesgos.
Por último, se deberá informar a las Mipymes que aspiren a asociarse sobre la prohibición de extenderle los beneficios y prerrogativas otorgados a las cooperativas por ley.
Para ampliar esta información lo invitamos a descargar el archivo adjunto.
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