Competencia de la SIC para conocer de asuntos jurisdiccionales es a prevención (11:30 a.m.)
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25 de Junio de 2013
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La competencia de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) para conocer de asuntos jurisdiccionales de protección al consumidor es a prevención, es decir, no es exclusiva, pues también pueden conocer los jueces civiles, tanto municipales como del circuito. Por su parte, la competencia para conocer investigaciones administrativas es residual, es decir, no será competente cuando la función le haya sido asignada expresamente a otra autoridad. En cuanto a responsabilidad por productos defectuosos, la entidad recordó que el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 del 2011) establece varias acciones para proteger el derecho a la información, a la seguridad y a la indemnidad.
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