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Gobierno ajusta requisitos de acceso a zonas económicas especiales de importación

15 de Abril de 2014

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Con el fin de garantizar el cumplimiento del objeto y la finalidad de las zonas especiales económicas de exportación, el Gobierno ajustó los parámetros de acceso a estas en los municipios de Buenaventura, Cúcuta, Valledupar e Ipiales.

 

Según el Ejecutivo, los proyectos presentados hasta el 31 de diciembre del 2015 deberán acreditar una inversión mínima valorada en 35.000 unidades de valor tributario (UVT). Los que se presenten con posterioridad deberán acreditar 75.000 UVT. En cuanto al acceso a mercados, el 50 % de las ventas de la empresa debe estar destinado a mercados externos.

 

De igual manera, se reguló el procedimiento de suscripción del contrato de admisión y la póliza de cumplimiento, que deberá ser constituida a favor del Ministerio de Comercio por el 10 % del valor de la inversión.

 

Estas disposiciones, contenidas en el Decreto 752 del pasado 14 de abril, derogan los artículos 5º, 8º, 9º, 10º, 11, 12, y 15 del Decreto 1227 del 2002 y el Decreto 2484 del 2003.

 

Zonas francas para Cúcuta

Por otra parte, el Gobierno fijó las condiciones para declarar la existencia de zonas francas permanentes especiales en el área metropolitana de Cúcuta, dedicadas, exclusivamente, a actividades industriales de bienes y servicios o proyectos agroindustriales.

 

Entre otros requisitos, los solicitantes deberán:

 

  • Constituir una nueva persona jurídica, domiciliada en el país, y acreditar su representación legal o establecer una sucursal de sociedad extranjera legalizada de acuerdo con las exigencias del Código de Comercio.

 

  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en los literales c), d), f) y h) del artículo 76 del Estatuto Aduanero (Decreto 2685 de 1999).

 

  • Realizar, dentro de los tres años siguientes a la declaratoria de existencia, una nueva inversión por un monto igual o superior a los 5.000 salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

  • Crear, por lo menos, 50 nuevos empleos directos y formales.

 

Dichas solicitudes deben ser presentadas antes del 31 de diciembre del 2017.

 

(Ministerio de Hacienda, Decretos 752 y 753, abr. 14/14)

 

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