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Mercantil


Este es el proyecto de norma del nuevo Estatuto Aduanero

Un aspecto central es el fortalecimiento de los criterios de gestión del riesgo de conductas como el contrabando.
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17 de Febrero de 2015

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer el proyecto de nuevo Estatuto Aduanero, que armoniza la regulación con los convenios internacionales, particularmente con la normativa de la Comunidad Andina de Naciones y el Convenio Internacional para la Simplificación y Armonización de los Regímenes Aduaneros de la Organización Mundial de Aduanas.

 

Un aspecto central de la iniciativa es el fortalecimiento de los criterios de gestión del riesgo de conductas como el contrabando, el lavado de activos, las amenazas a la seguridad fronteriza y la violación a la propiedad intelectual, entre otras.

 

Por otra parte, habría ocho infracciones que darían lugar a la cancelación de la autorización de los operadores de comercio exterior, como simular la realización de una operación, un régimen o un destino; obtener la autorización o habilitación mediante la utilización de medios fraudulentos, o participar en la creación de sociedades para realizar operaciones fraudulentas.

 

La propuesta incluye una serie de infracciones de los declarantes, importadores o exportadores que darían lugar a sanciones o multas, según el caso. Por ejemplo, que se hayan practicado cinco o más decomisos de mercancías en los últimos cinco años que, sumados sus avalúos, den un resultado igual o superior a 1.820 unidades de valor tributario (UVT). En este caso, la sanción sería la cancelación de la calidad de importador en el Registro Único Tributario (RUT) o el que haga sus veces, durante tres años.

 

Los errores de forma en la declaración de aduanas que no impliquen una disminución de los derechos e impuestos, ni la violación de restricciones a las mercancías, no causarían ninguna sanción.

 

Cabe recordar que desde noviembre del 2013, fue suspendido el trámite del proyecto que modificaba la regulación aduanera. Según la DIAN, la decisión obedeció al cumplimiento de una sentencia de tutela del 21 de octubre de ese mismo año proferida por la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Cartagena, dentro de la acción promovida por los consejos comunitarios de Caño de Loro, Bocachica y Pasacaballo por la presunta transgresión de su derecho a la consulta previa.

 

En septiembre del 2014, la Corte Constitucional negó el amparo, al advertir que ninguna de las disposiciones se relaciona con el estatus de las comunidades demandantes, ni altera o se refiere a su identidad étnica.

 

La DIAN recibirá comentarios y sugerencias sobre la iniciativa hasta el próximo 6 de marzo, en el correo dir_aduanas@dian.gov.co.

 

(Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, proyecto de norma, feb. 13/15)

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