Mercantil
Garantías mobiliarias permiten al empresario obtener más capital de trabajo: Supersociedades
08 de Mayo de 2017
El propósito de la Ley 1676 del 2013, por la cual se promueve el acceso al crédito y se dictan normas sobre garantías mobiliarias, es incrementar el acceso al crédito mediante la ampliación de bienes, derechos o acciones que pueden ser objeto de garantía, antes denominada garantía prendaria, simplificando su constitución, oponibilidad, prelación y ejecución de las mismas, indicó la Superintendencia de Sociedades.
Teniendo en cuenta que la garantía mobiliaria nace del acuerdo de voluntades entre el deudor y el acreedor como forma de dar cumplimiento a las obligaciones, su marco de aplicación comprende todos los aspectos mencionados, en el escenario de obligaciones de cualquier naturaleza, presentes o futuras, determinadas o determinables, y a todo tipo de acciones, derechos u obligaciones sobre bienes corporales e incorporales, derechos o acciones, muebles o bienes mercantiles, de acuerdo con la definición de garantía que prevén los artículos 1, 2 y 3.
Así las cosas, el régimen permite al empresario la posibilidad real de obtener capital de trabajo, al otorgarle otra fuente de garantías de las que antes no disponía, con lo que se amplía el espectro de bienes con los cuales puede garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
En contraparte, brinda seguridad al acreedor para lograr el pago a través de diversos mecanismos simplificados de ejecución de la garantía, previstos en los artículos 57, 60, 61 y 62 (pago directo, ejecución judicial y especial de la garantía), señaló la entidad.
Como regula lo atinente al procedimiento de constitución de garantías durante el desarrollo del objeto social de una empresa, este régimen establece los efectos jurídicos y económicos que se derivan por la entrada del ente societario en un proceso de insolvencia, llámese reorganización o liquidación judicial, frente a la prelación, graduación y calificación, así como exclusión o no.
Para su implementación, han sido expedidos varios decretos reglamentarios. Entre otros, el Decreto 400 del 2014, sobre registro de garantías mobiliarias; Decreto 1835 del 2015, sobre recibo, almacenamiento y consulta de información registral vigente, y Decreto 466 del 2016, sobre inclusión de garantías admisibles. Lea: Así se hará inscripción en el registro de garantías mobiliarias sobre derechos de propiedad industrial.
Supersociedades, Concepto 220-82201, Abril 19/17
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