12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil

Mercantil


Contrato de suministro para distribución requiere preaviso para su terminación

06 de Junio de 2014

Reproducir
Nota:
20784
Imagen
medi140606correo2-think-1509243220.jpg

En los asuntos caracterizados por la colaboración y la permanencia o duración, como el contrato de suministro para distribución, las noticias inesperadas sobre su finalización afectan de manera negativa el ánimo o el patrimonio de quien las recibe.

 

En estos casos, no hay lugar a reaccionar para impedir el hecho o, por lo menos, aminorar el impacto. Por lo tanto, es necesario que existan tiempos mínimos o prudenciales para culminar las relaciones comerciales que se potencializan de larga duración por la esencia propia de los acuerdos, precisó la Corte Suprema de Justicia.

 

Una actuación contraria, en contratos de distribución o afines, como la agencia comercial, el suministro o la franquicia, deja a una de las partes a su propia suerte y debe calificarse como una conducta poco transparente, desleal e incorrecta.

 

La corporación recordó la importancia de las reglas de vida en comunidad, tales como la solidaridad y el respeto por las buenas maneras, que siempre deben estar presentes en los negocios jurídicos.

 

Terminación intempestiva

En el caso analizado, una de las partes le comunicó a la otra, apenas unas horas antes, la terminación de un contrato de distribución para suministro que habían suscrito dos años atrás. Esto obligó a la afectada a desmontar toda la infraestructura dispuesta para el cumplimiento del acuerdo, sin tener la oportunidad de realizar los ajustes pertinentes.

 

En concepto de la Corte, a pesar de la existencia de cláusulas que autorizaban la terminación unilateral del convenio en cualquier tiempo, en virtud de la aplicación del principio de buena fe, era necesario el preaviso, que crea en el comerciante condiciones favorables para lograr el tránsito e implementar medidas que le eviten perjuicios.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia SC-5851 (11001310303920070029901), mayo 13/14, M. P. Margarita Cabello Blanco)

 

Documento disponible para suscriptores de Legismóvil. Solicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)