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CISA no podrá transferir gratuitamente bienes a otras entidades públicas (8:00 a.m.)

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27 de Agosto de 2012

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Mediante el Decreto 1764, el Ministerio de Hacienda precisó que para la transferencia de recursos producto de la enajenación y gestión que realice la Central de Inversiones S. A. (CISA), esta podrá descontar del valor de la venta de los inmuebles los impuestos, tasas y contribuciones con los cuales hayan sido gravados con posterioridad a su transferencia. Por lo cual, la entidad no podrá trasladar inmuebles gratuitamente a otras entidades públicas.

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