Cesión de todas las cuotas por parte de los socios de la compañía no conlleva la variación de los contratos vigentes (12:20 p.m.)
26 de Diciembre de 2011
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Nota:
78216
Los socios pueden, en ejercicio de los derechos que les otorga dicha calidad, realizar la cesión de una, varias o todas sus cuotas sociales, sin que ello implique variación en el tipo societario, necesidad de adquirir un nuevo número de identificación tributaria (NIT) o la modificación de las obligaciones contraídas por la persona jurídica, precisó la Superintendencia de Sociedades. Por lo tanto, los contratos celebrados por el representante legal de la sociedad no pueden sufrir ninguna alteración, a menos que ese sea el querer de las partes, señaló la entidad.
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