Certifican inversiones obligatorias en títulos agropecuarios a cargo de establecimientos de crédito (3:17 p.m.)
20 de Octubre de 2016
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Nota:
122994
Durante el trimestre octubre-diciembre de este año, los bancos, los organismos cooperativos de grado superior, las corporaciones financieras, las compañías de financiamiento y las cooperativas financieras deberán invertir en títulos de desarrollo agropecuario (TDA) clases A y B las sumas relacionadas en la Carta Circular 70 del 2016 de la Superintendencia Financiera. El reporte se aplica sin perjuicio del cálculo que directamente deben efectuar esas entidades, según precisó la entidad.
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