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Actualizado hace 23 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Autorizarían a prestadores de servicios turísticos usar vehículos de tracción animal (4:19 p.m.)

06 de Septiembre de 2016

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Nota:
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La inclusión de los vehículos de tracción animal para fines turísticos es la principal propuesta de un proyecto de ley que ya cuenta con ponencia positiva para segundo debate, el cual se llevaría a cabo en la Plenaria del Senado. La iniciativa se aplicaría dentro de la jurisdicción territorial de los distritos especiales y turísticos que por ley tengan esa connotación. Así pues, dentro de estos territorios se permitiría el transporte de personas en vehículos no motorizados y halados por un equino, siempre que sea para fines turísticos. El proyecto de ley impondría al Ministerio de Ambiente la responsabilidad de reglamentar las condiciones mínimas de salud, higiene, sanidad, circunstancias locativas, bienestar y los demás factores que considere pertinentes para prevenir el dolor, sufrimiento y enfermedades en la vida de los semovientes que son utilizados en vehículos de tracción animal para fines turísticos. Adicionalmente a lo anterior, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo junto con Minambiente podrán establecer un régimen de sanciones en los reglamentos que expidan en virtud de esta ley, para aquellas personas naturales y jurídicas que incumplan los requisitos establecidos para la adecuada prestación de los servicios con vehículos de tracción animal con fines turísticos. Las sanciones podrán ser de naturaleza pecuniaria y administrativa. Vale la pena mencionar que las sanciones no excluyen de responsabilidad penal a los infractores, ello en virtud de la Ley contra el maltrato animal, recientemente expedida.

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