15 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 17 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Mercantil


Aunque pueden resultar innecesarias, las partes pueden acordar la expedición de certificaciones sobre el estado del crédito (3:45 p.m.)

03 de Junio de 2015

Reproducir
Nota:
101792
En relación con las operaciones de crédito, es obligación del proveedor o expendedor mantener a disposición del consumidor, durante la jornada de atención al público, información del capital pendiente de pago y los datos necesarios para calcular las respectivas cuotas que aún se adeuden, de manera que aquel pueda, en cualquier momento, verificar la exactitud de los cálculos y constatar dicha información en el contrato y las fuentes oficiales que la producen, por lo que la expedición de una certificación al respecto resulta innecesaria, señaló la Superintendencia de Industria y Comercio. No obstante, en virtud de la autonomía de la voluntad, las partes pueden acordar la expedición de certificaciones en tal sentido.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)