Aunque no requieren autorización para constituirse, los fondos de capital privado deben cumplir todos los requisitos legales (8:10 a.m.)
21 de Febrero de 2011
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Nota:
71749
Aunque los fondos de capital privado no requieren autorización por parte de la Superintendencia Financiera para constituirse, la entidad debe vigilar el cumplimiento de las disposiciones legalmente establecidas, tanto al momento de su constitución como durante su vigencia, de acuerdo con las facultades de supervisión prudencial ex ante y ex post que le han sido conferidas.
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