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Aunque la reactivación y la transformación de la compañía pueden concurrir, son figuras con distinta regulación (4:28 p.m.)

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24 de Enero de 2012

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El hecho de que la reactivación de la compañía pueda concurrir con la transformación no significa la aplicación de las normas que la regulan, pues la primera solo opera cuando la sociedad está en liquidación y se presentan las condiciones especiales sobre los pasivos y la no distribución del remanente previsto en la ley, mientras que la transformación es una reforma consistente en que la sociedad antes de su liquidación pueda adoptar otro tipo societario, indicó la Superintendencia de Sociedades. La reactivación es un mecanismo autónomo introducido al ordenamiento jurídico por la Ley 1429 del 2010 (Ley de Formalización y Generación de Empleo), recordó la entidad.

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