Así regulan operación de sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos (2:18 p.m.)
14 de Julio de 2015
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Nota:
102203
Teniendo en cuenta que la Ley 1735 del 2014 creó las sociedades especializadas de depósitos y pagos electrónicos (Sedpes), entidades destinadas a promover la inclusión financiera a través de productos transaccionales, el Ministerio de Hacienda decidió modificar el Decreto 2555 del 2010, en lo relacionado con la reglamentación aplicable a las sociedades especializadas en dichos mecanismos. Inicialmente, señala las condiciones mínimas que deberán cumplir los depósitos electrónicos, por ejemplo, estar asociado a uno o más instrumentos o mecanismos que permitan a su titular, mediante documentos físicos o mensajes de datos, extinguir una obligación dineraria y/o transferir fondos y/o hacer retiros y que el contrato establezca un plazo mínimo, que no podrá superar los tres meses, de vigencia cuando el depósito permanezca sin fondos, luego del cual se dará su terminación unilateral, entre otras. De igual manera, la Superintendencia Financiera deberá establecer condiciones y trámites especiales para su administración y manejo, tales como reglas para el uso de canales, medios de manejo y administración de riesgos. Así mismo, ordena a dichos establecimientos, para realizar la vinculación de personas naturales, ofrecer un trámite simplificado para la apertura. Por otra parte, con el fin de proteger la confianza del público en el sistema y asegurar su desarrollo en condiciones de seguridad y competitividad, la norma fija los requerimientos mínimos de apalancamiento, manejo de efectivo y administración de riesgos.
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