13 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Mercantil


Apoderados y empresas receptoras de inversiones no responden solidariamente por infracciones cambiarias (10:37 a.m.)

20 de Abril de 2015

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Nota:
101080
Teniendo en cuenta un fallo del Consejo de Estado del 2011, a través del cual se declaró nula la expresión “o apoderados y las empresas receptoras de la inversión”, contenida en el inciso segundo del artículo 5 del Decreto 1844 del 2003, no aplica la responsabilidad solidaria de inversionistas, apoderados y la empresa receptora dentro de las investigaciones administrativas cambiarias que adelanta la Superintendencia de Sociedades. Para el cumplimiento de las obligaciones del inversionista ante el Banco de la República, está previsto el Decreto 2080 del 2000 y sus modificaciones, así como la Circular Externa DCIN-083 del 2003 y sus modificaciones, precisó la entidad.

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