Mercantil
Empresa en reorganización puede acudir a préstamos, sin restricciones
26 de Agosto de 2015
Teniendo en cuenta que el proceso de reorganización busca preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, mediante su reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos, puede suceder que el deudor necesite recursos para continuar desarrollando su objeto social o para atender el pago de las obligaciones a su cargo, indicó la Superintendencia de Sociedades.
En este evento, podrá acudir a préstamos de terceros o de entidades financieras, según el caso, sin que exista restricción alguna al respecto, simplemente debe reunir los requisitos exigidos por unos u otros para su otorgamiento. A su vez, el acreedor que entregue nuevos recursos al deudor en reorganización o se comprometa a hacerlo en la ejecución del acuerdo tendrá la misma preferencia que los créditos fiscales sobre las obligaciones objeto del acuerdo y en proporción a los recursos efectivamente otorgados.
La Ley 1116 del 2006 (régimen de insolvencia empresarial) tiene por objeto la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial, siempre bajo el criterio de agregación de valor, recordó la entidad.
Así las cosas, el legislador estableció varios mecanismos no solo para perseguir la salvación de los negocios del deudor, ya se trate de sociedades comerciales y personas naturales comerciantes, que aunque afrontan dificultades económicas tienen perspectivas de salir de la crisis financiera en que se encuentran, sino permitirle a aquellas empresas que no son viables adelantar una liquidación judicial.
Supersociedades, Concepto 220-108826, ago. 12 - 15
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