Administradores deben establecer posibles deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia
09 de Agosto de 2022
Corresponde a los administradores sociales establecer la existencia de deterioros patrimoniales y riesgos de insolvencia, según razones financieras o indicadores pertinentes, modelo de negocio y los sectores en los cuales la sociedad comercial desarrolla su objeto social, indicó la Superintendencia de Sociedades.
Por lo tanto, es obligatoria la implementación de indicadores en aquellos casos en que sean aplicables a la sociedad. No hacerlo, cuando hay lugar a ello, implica el incumplimiento de los deberes de los administradores, situación que puede llegar a comprometer su responsabilidad personal frente a la sociedad, a los socios y a terceros.
Una vez implementados y analizados se pueden generar varias conclusiones para la compañía, como que no exista deterioro patrimonial ni riesgo de insolvencia, que exista deterioro patrimonial pero no riesgo de insolvencia, que no exista deterioro patrimonial pero sí riesgo de insolvencia, que exista deterioro patrimonial y riesgo de insolvencia, que las mediciones sean aplicables a la compañía o que no lo sean.
Dicha implementación no es una simple formalidad, el resultado de la medición debe ser revelado, de manera que el máximo órgano social tenga claridad sobre la situación de la empresa, conozca los riesgos y pueda adoptar las decisiones a que haya lugar.
La entidad recordó el principio general de administración sobre la regla de la discrecionalidad o del buen juicio empresarial, según la cual los administradores deben actuar de buena fe, de manera informada y diligente, en interés de la sociedad.
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