Administradoras de pensiones deben documentar y tener disponibles los soportes de asesoría (12:02 p.m)
21 de Julio de 2017
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Nota:
55919
Las administradoras de fondos de pensiones siempre han tenido a su cargo el deber de información y asesoría frente a los afiliados, en especial en lo que se refiere al traslado de régimen pensional. No obstante, a partir de la expedición de la Circular Externa 16 del 2016, que modificó el capítulo I del título III de la parte II de la Circular Básica Jurídica, las administradoras deben mantener a disposición de la Superintendencia Financiera los documentos que soporten dichas solicitudes, con el fin de poder verificar en cualquier momento el cumplimiento del deber de asesoría, así como las instrucciones que en tal sentido están contenidas en la citada circular. De establecerse la omisión por parte de estas entidades puede adelantarse la acción sancionatoria correspondiente.
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