Administradoras de fondos de pensiones deben informar a sus afiliados sobre el capital neto ahorrado e intereses devengados (8:00 a.m.)
15 de Febrero de 2016
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Nota:
105425
Además del deber de asesoría e información al consumidor financiero que tienen las administradoras de fondos de pensiones, estas tienen la obligación, de acuerdo con el artículo 2° de la Ley 1748 del 2015, de poner a disposición de los mismos, trimestralmente y a través de los distintos canales que dispongan, información sobre el capital neto ahorrado; monto de los intereses devengados por ese capital durante el tiempo que se informa; las cotizaciones recibidas durante el periodo de corte del extracto; el monto deducido por el valor de todas y cada una de las comisiones que cobra la sociedad administradora, indicando el valor de cada comisión y porcentaje respectivo, así como el monto de las demás deducciones realizadas, y saldo final neto después de efectuar las deducciones, así como la información que, para el efecto, determine la Superintendencia Financiera. El afiliado podrá solicitar una proyección de su expectativa pensional a la administradora a la que esté afiliado, suministrando para ello la información adicional sobre su situación familiar y beneficiarios, entre otros factores necesarios.
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