Administradoras de carteras colectivas no requerirán autorización particular para iniciar operaciones (10:31 a.m.)
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31 de Marzo de 2011
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La Superintendencia Financiera expidió hoy el régimen de autorización general para el licenciamiento de carteras colectivas, en virtud del cual las sociedades administradoras de las mismas podrán iniciar operaciones sin necesidad de tramitar una autorización particular ante ese organismo. La medida se tomó teniendo en cuenta los adelantos en la regulación del mercado de valores y en la experiencia y el profesionalismo que las sociedades administradoras de carteras colectivas han adquirido en los últimos años, explicó la entidad.
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