Administradora del régimen de ahorro individual puede sugerir la aseguradora de la renta vitalicia a través de cláusula (11:31 a.m.)
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15 de Diciembre de 2014
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Las administradoras del régimen de ahorro individual deben controlar de manera permanente los saldos de las cuentas de ahorro de los pensionados en la modalidad de retiro programado, a fin de que, cuando estos disminuyan a una suma que resulte suficiente para la adquisición de una renta vitalicia, se proceda a su contratación con la compañía aseguradora que haya seleccionado el pensionado, indicó la Superintendencia Financiera. En cuanto a esta última selección, indicó que deben poner a disposición del afiliado información sobre las aseguradoras autorizadas para ofrecer rentas vitalicias, para que escoja por los menos tres opciones y, luego de obtener las respectivas cotizaciones, selecciones una. No obstante, en el contrato se puede establecer una cláusula en la que se autoriza a la administradora para elegir la aseguradora y es optativo para el afiliado aceptarla o no.
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