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Activos no incluidos en el proceso de escisión no pueden ser transferidos (4:37 p.m.)

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17 de Octubre de 2014

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En el proyecto de escisión se deben discriminar y valorar todos los activos y pasivos que integrarán el patrimonio de la sociedad o sociedades beneficiarias, el cual debe estar sustentado con los estados financieros de las sociedades que participan en el proceso, debidamente certificados y acompañados de un dictamen emitido por el revisor fiscal o, en su defecto, por un contador público independiente. Por lo tanto, los activos que no fueron incluidos no se pueden incluir posteriormente y permanecerán en la escidente, sin que el administrador pueda producir efectos de transferencia eludiendo garantías a los acreedores o interesados, precisó la Superintendencia de Sociedades. Así mismo, indicó, la no inclusión de activos en los estados financieros, revelados tanto en el compromiso de escisión como en la publicación de aviso, no se considera un error meramente matemático, sino sustancial, por lo que no es posible subsanar a través de corrección. Cabe recordar que la entidad escidente es aquella que transmite total o parcialmente sus activos, pasivos y capital a las entidades escindidas (de nueva creación).    

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