Actividad multinivel permite la entrega de bienes en consignación al vendedor independiente (8:00 a.m.)
09 de Julio de 2019
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Nota:
121667
Las empresas multinivel y los vendedores independientes pueden pactar, además de las estipulaciones mínimas previstas en la Ley 1700 del 2013 (mercadeo multinivel), cláusulas accesorias o accidentales que consideren convenientes para el desarrollo del negocio y el cumplimiento de la finalidad empresarial, es decir, la colocación en el mercado de bienes y servicios. Así las cosas, indicó la Superintendencia de Sociedades, es viable entregar al vendedor independiente bienes en consignación, como quiera que la disposición mencionada no prohíbe el pacto de elementos accidentales como manifestación del ejercicio de la autonomía de la voluntad, siempre y cuando se mantenga la estructura comercial de mercadeo, promoción o venta, esencia de la actividad multinivel.
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