Aclaran cómo llevar el registro contable en sucursales de sociedades extranjeras que integren consorcios (10:00 a.m.)
13 de Agosto de 2014
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Nota:
62371
A efectos de determinar la clasificación adecuada del grupo en el que deben quedar las sucursales de sociedades extranjeras que desarrollen su actividad a través de consorcios o uniones temporales, el Decreto 3024 del 2013 establece que se deben evaluar las condiciones de clasificación con la información existente al cierre del año anterior al periodo de preparación obligatoria, conforme al cronograma del artículo 3º del Decreto 2784 del 2012, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría. Así las cosas, los consorciados que llevan contabilidad deben incluir los registros contables del consorcio en la medida en que se desarrolle el mismo y de acuerdo con la participación respectiva de los consorciados.
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