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Acciones suscritas en una SAS pueden pagarse en un plazo de dos años, sin perder derecho a voz y voto (2:55 p.m.)

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26 de Abril de 2013

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De acuerdo con lo previsto en el artículo 9º de la Ley 1258 del 2008, los accionistas de una sociedad por acciones simplificada (SAS) pueden suscribir y pagar acciones dentro del plazo de dos años, con plenos derechos de voz y voto en las reuniones del máximo órgano social, salvo pacto en contrario. Así lo señaló la Superintendencia de Sociedades, en concepto de marzo.

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