Sumas pagadas por concepto de incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial no se actualizan por índice de precios al consumidor (2:38 p.m.)
16 de Noviembre de 2010
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Nota:
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El ingreso base de liquidación, para efectos del pago de las prestaciones económicas en el sistema de riesgos profesionales, como es la incapacidad temporal o la indemnización por incapacidad permanente parcial, corresponde al salario mensual asignado al momento de la ocurrencia del accidente o de diagnosticarse la enfermedad. Si este no es fijo, se toma en cuenta el promedio de lo devengado por el trabajador en el año de servicio anterior al accidente o la enfermedad, o todo el tiempo, si fuere menor. En todo caso, aclaró recientemente el Ministerio de la Protección Social, las sumas pagadas por concepto de incapacidad temporal o incapacidad permanente parcial no se actualizan por índice de precios al consumidor (IPC), ya que no existe norma que así lo consagre.
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