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Actualizado hace 11 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Precisan financiación de medidas de atención a mujeres víctimas de violencia y discriminación (3:09 p.m.)

25 de Mayo de 2016

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Nota:
107225
Las normas de protección de las diferentes formas de violencia y discriminación contra las mujeres son de carácter general, pues no prevén su aplicación respecto de determinado grupo poblacional o la exclusión de tales medidas en razón del régimen de salud al que esté afiliada la víctima. Por lo tanto, indicó el Ministerio de Salud, frente a la existencia de normativa que impone a distintos actores obligaciones, fue expedido el Decreto 2734 del 2012, que indica el procedimiento a seguir para el otorgamiento de las medidas de atención de las que hacen parte la atención médica, sicológica y siquiátrica que requiera la víctima, el subsidio monetario para habitación, alojamiento y transporte, en cuya validación de los mecanismos, entre ellos, la financiación de tales medidas, participaron y avalaron diferentes carteras ministeriales que concurrieron en su suscripción, así: Justicia, Defensa Nacional y Salud. De acuerdo con la norma, tratándose de regímenes especiales o de excepción, el deber de financiación se cumplirá según lo previsto en sus propias disposiciones, al igual que cuando proceda el auxilio monetario. En este orden de ideas, corresponde al Mindefensa determinar la existencia del título gasto, amparado en la Ley 1257 del 2008, la legalidad del mismo, de manera que pueda viabilizar la inclusión de apropiaciones para asumir las obligaciones en comento.

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