12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 4 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Laboral


No hay lugar a recuperar prestaciones pagadas a particulares de buena fe

25 de Noviembre de 2022

Reproducir
Nota:
153634
Imagen
vejez-pension-ancianobigstock.jpg

El legislador ha previsto que no habrá lugar a recuperar prestaciones pagadas a particulares de buena fe y el literal c) del numeral 1 del artículo 164 del Código de Procedimiento Administrativo y de Contencioso Administrativo indica que los actos administrativos que reconozcan o nieguen total o parcialmente prestaciones periódicas podrán demandarse en cualquier tiempo por la Administración o por los interesados.

Si bien el Estado tiene la facultad de solicitar la nulidad de los actos administrativos que reconozcan prestaciones periódicas, el legislador impone un límite, consistente en que no puede recuperar las prestaciones pagadas a particulares de buena fe. Por consiguiente, es competencia de la Administración probar que el beneficiario de la pensión actuó de mala fe al solicitar el reconocimiento pensional.

En el caso objeto de estudio se indicó que dado que la buena fe se presume en la actuación de los particulares ante las autoridades, la UGPP tenía la carga de acreditar que el demandado no obró con lealtad, rectitud y honestidad, sino que por el contrario acudió a maniobras engañosas o documentos falsos para inducir en error a la Administración y a las autoridades judiciales.

Se estima que la conducta del accionado, consistente en reclamar el reconocimiento pensional, no denota un actuar fraudulento, ni evidencia la intención de engañar a la administración de justicia; más aún cuando la administradora pensional era la responsable de realizar el estudio pensional y fue quien incurrió en el error. Lo anterior como quiera que su decisión no se fundó en documentos falsos o maniobras engañosas que permitan inferir un actuar doloso dirigido a defraudar a la administración (C. P.: César Palomino Cortés).

Opina, Comenta

Ver todos

Heysler Garcia

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)