12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 27 minutes | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Modalidad de trabajo en casa se puede extender hasta que las circunstancias ocasionales y excepcionales desaparezcan

23 de Noviembre de 2023

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teletrabajo-sedefisica-presencial(freepik)

El trabajo en casa es una medida transitoria mediante la cual el trabajador puede realizar transitoriamente sus funciones o actividades encomendadas fuera del sitio habitual de trabajo, sin modificación de la naturaleza del contrato o de la relación laboral ni desmejorar sus condiciones, cuando se presentan circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales que le impidan realizar su trabajo en el sitio habitual en el que lo hace, utilizando para ello las TIC. 

En este evento, el trabajador goza de todas las prerrogativas y derechos que la ley laboral establece, pues sus condiciones laborales no cambian, garantizando los derechos laborales y de seguridad social que el contrato de trabajo comporta, con la obligación del empleador de garantizar derechos como la desconexión laboral, para que el trabajador pueda conciliar su vida personal, laboral y familiar durante esta época. 

El tiempo de duración de la modalidad de trabajo en casa en tiempo ordinario en el que sobrevengan circunstancias ocasionales, excepcionales o especiales es de tres meses, prorrogables por otros tres meses, pudiendo el empleador extender tal medida hasta que las mencionadas circunstancias desaparezcan, indicó el Ministerio del Trabajo. 

Por su parte, el teletrabajador es aquella persona que desempeña sus actividades laborales a través de las TIC por fuera de la empresa a la que presta sus servicios. Desde la firma del contrato, el trabajador sabe que va a desempeñar sus labores desde un sitio distinto a la sede del empleador, pero también puede acordarse en el curso de la ejecución del contrato la realización de las labores bajo esta modalidad. 

Así mismo, señaló la entidad, el salario del teletrabajador no puede ser inferior al que se pague por la misma labor, en la misma localidad y por igual rendimiento al trabajador que preste sus servicios en la sede del empleador.

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