Mintrabajo explica límites legales para horas extras y descansos obligatorios semanales establecidos
Todos los empleadores deben garantizar un descanso semanal remunerado de 24 horas y proteger la seguridad y salud de los trabajadores.
11 de Mayo de 2026
El Ministerio de Trabajo aclaró la aplicación de la reducción gradual de la jornada laboral semanal en Colombia y precisó cómo deben operar los turnos rotativos, el pago de horas extras y los descansos obligatorios. A través de un concepto jurídico emitido en febrero del 2026, la cartera laboral explicó que la jornada máxima legal será de 42 horas semanales desde el 15 de julio del 2026.
Límites legales para horas extras y trabajo suplementario
El documento señala que las horas que superen la jornada máxima legal deberán reconocerse como trabajo suplementario o de horas extras, con los respectivos recargos establecidos en la ley. Además, recordó que el trabajo adicional no puede exceder dos horas diarias ni doce horas semanales. El Ministerio del Trabajo también explicó que la jornada ordinaria puede acordarse entre empleador y trabajador, siempre dentro de los límites legales, y reiteró que la reducción de horas no puede afectar salarios ni derechos adquiridos. (Lea: Contrato de obra o labor pasa a ser indefinido si el trabajador continúa laborando).
Tipos de turnos autorizados
La entidad detalló los tres modelos de turnos permitidos por la legislación laboral colombiana. El primero corresponde a los turnos sucesivos de máximo seis horas diarias y 36 horas semanales, los cuales no generan recargos nocturnos ni dominicales. El segundo aplica para actividades no continuas y permite superar las ocho horas diarias, siempre que el promedio en tres semanas no exceda el límite legal semanal. El tercero regula labores sin solución de continuidad, en las que los trabajadores pueden laborar hasta 56 horas semanales bajo autorización y supervisión del Ministerio de Trabajo.
Descansos obligatorios y funciones del Ministerio
El concepto jurídico también enfatizó que todos los empleadores deben garantizar un descanso semanal remunerado de 24 horas y proteger la seguridad y salud de los trabajadores.
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