Medidas temporales para la operación del programa Colombia Mayor
27 de Marzo de 2020
El Ministerio del Trabajo presentó los siguientes lineamientos para ser considerados por el administrador fiduciario del Fondo de solidaridad pensional, alcaldes y gobernadores, con el fin de prevenir el contagio del coronavirus (covid-19) entre población adulta mayor. Respecto al proceso de pagos del subsidio directo, la entidad señaló que se deberá garantizar la permanencia de los dineros no cobrados de los meses de marzo, abril y mayo de este año hasta el día 30 de mayo del 2020. Durante la vigencia de declaratoria, se ordenó suspender la aplicación de las novedades de retiro por las causales de pérdida del subsidio dispuestas en el artículo 2.2.14.1.39 del Decreto 1833 del 2016. En consecuencia, se aplicarán solamente procesos de bloqueo preventivo hasta tanto los entes territoriales garanticen que se efectuó el debido proceso. Con el fin de evitar desplazamientos innecesarios, aglomeraciones y concentraciones en los sitios de pago y largas filas que puedan generar riesgo de contagio de esta población vulnerable, el ministerio recomendó a las alcaldías municipales y distritales establecer cronogramas especiales y definir estrategias, dentro de sus competencias, para distribuir a los adultos mayores, ya sea por nombre/apellido y/o número de cédula y/o lugar de residencia y/o edad, etc.
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