Sección Segunda resuelve una duda sobre la competencia de las juntas de calificación de invalidez (11:11 a.m.)
09 de Mayo de 2019
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Nota:
111987
La Sección Segunda del Consejo de Estado concluyó que las juntas de calificación de invalidez actúan en relación con todos los trabajadores y servidores públicos, tanto del sector público como privado, pero única y concretamente para efectos de la calificación y controversias que se susciten frente a la obtención del certificado de pérdida de la capacidad laboral, cuestión que en nada afecta los derechos y trámites relacionados con las demás prestaciones sociales (C. P. Gabriel Valbuena Hernández).
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