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Actualizado hace 5 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Laboral


Recuerdan el procedimiento que se debe agotar antes de declarar una huelga (8:35 a.m.)

05 de Agosto de 2014

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Nota:
62537
El conflicto colectivo de trabajo inicia con la presentación de pliegos de peticiones al empleador, lo cual es una de las atribuciones exclusiva de las asambleas general de los sindicatos o de los trabajadores (artículo 16 de la Ley 11 de 1984), así lo recordó la Corte Suprema de Justicia al señalar que después de finalizado un periodo de tiempo determinado se abre la etapa de arreglo directo y solo ante la falta de acuerdo total o parcial acerca del pliego, los trabajadores pueden optar por la declaración de huelga o por someter sus diferencias a un tribunal de arbitramento. Esta decisión se debe adoptar por la mayoría absoluta de los trabajadores de la empresa, o de la asamblea general de afiliados al sindicato o sindicatos que agrupen más de la mitad de trabajadores, por votación secreta, personal e indelegable (artículo 61 de la Ley 50 de 1990), agregó la Corte. De optarse por la huelga, esta solo podría iniciarse transcurridos dos días hábiles de su declaración y no más de 10 días hábiles después, en cumplimiento del artículo 62 de la Ley 50. Para la Sala de Casación Laboral, este procedimiento es imperativo y cualquier incumplimiento puede hacer que el cese de actividades sea catalogado como ilegal (M. P. Gustavo Hernando López).

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