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Precedente del Consejo de Estado sobre la no taxatividad de los factores de liquidación pensional se deberá aplicar a partir del 2 de julio (3:50 p.m.)

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16 de Marzo de 2012

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La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado recordó que a partir del próximo 2 de julio, fecha en que empieza a regir el nuevo Código Contencioso Administrativo, las autoridades deberán aplicar el precedente jurisprudencial del Consejo de Estado sobre la no taxatividad de los factores salariales que conforman la base de liquidación pensional. En el caso concreto, la Sala determinó que la Universidad del Quindío, como empleadora obligada al pago de pensiones de jubilación que el ISS ha asumido, está sujeta a las decisiones judiciales en las que fue parte, específicamente en lo relacionado con la posición de la Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia. Pero posteriormente deberá adecuarse a las decisiones de la jurisdicción contencioso administrativa (C.P. Enrique José Arboleda Perdomo).

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