Personal asistencial que presta servicios de salud puede ejercer más de un empleo público (2:36 p.m.)
22 de Octubre de 2013
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Nota:
92615
La Sección Segunda del Consejo de Estado recordó la posibilidad excepcional de que el personal asistencial que presta servicios de salud desempeñe más de un empleo público. Para ello, es necesario que se respete la jornada laboral máxima de 12 horas diarias y 66 semanales y no haya concurrencia de horarios, como lo disponen los artículos 2° y 3° de la Ley 269 de 1996. Frente a la declaratoria del contrato realidad en esos eventos, la corporación insistió en que las necesidades del servicio no pueden convertirse en evasivas para vincular precaria e ilegalmente personal destinado a ejercer permanentemente funciones públicas, porque esto desconoce sus derechos fundamentales (C. P. Gustavo Gómez).
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